Definición.
Les corresponde tributar en este régimen a las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (no como asalariados) a empresas, dependencias de gobierno o a personas físicas en general, por ejemplo: abogados, contadores, arquitectos, médicos, dentistas, ingenieros, entre otros.
1.- Obtén tu contraseña y tu e.firma
Tu contraseña del SAT te permitirá acceder a los servicios electrónicos.
La solicitas en las oficinas del SAT o en línea, necesitas:
- Original y copia de tu identificación oficial.
- Un correo electrónico.
La e.firma, antes firma electrónica o Fiel, es el archivo digital con el que podrás firmar trámites por internet con el SAT, o con otras dependencias del país. Es única, y vale tanto como tu firma autógrafa.
La solicitas en las oficinas del SAT, necesitas:
- Original y copia de tu identificación oficial.
- Comprobante de domicilio fiscal.
- Un medio de almacenamiento digital, USB, preferentemente nuevo.
2.- Factura y pide factura.
Para que compruebes tus ingresos, debes emitir facturas electrónicas por la prestación de tus servicios. Si tienes trabajadores, debes entregarle un comprobante de nómina por los pagos y retenciones que hagas.
Puedes hacer facturas electrónicas a través de:
- La aplicación gratuita del SAT, en sat.gob.mx.
- La aplicación de algún proveedor de facturas electrónicas.
- Mis Cuentas, en la sección Factura fácil.
Solicita factura por las compras que realices, y para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales.
3.- Registro tus operaciones
Todos los ingresos por los que no hayas emitido factura, y todos los gastos por los que no hayas recibido factura, deberás registrarlo a través de la aplicación Mis Cuentas. Hay versión de escritorio, o móvil.
4.- Declara
Debes realizar dos tipos de declaraciones:
Declaración mensual y Declaración Anual
Declaración mensual.
Permite calcular tu Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado que deberás pagar por tus operaciones.
Para declarar necesitas tener tus ingresos, gastos y retenciones organizados y sumados mensualmente para capturarlos en la aplicación de Declaraciones y Pagos en sat.gob.mx.
Declaración anual.
Informas el monto total de tus ingresos, gastos y retenciones al año, así como los pagos provisionales que realizaste mensualmente. La debes presentar a más tardar el 30 de abril siguiente de cada año fiscal.
5.- Conoce qué puedes deducir.
Deducciones de gastos mensuales.
Tú puedes deducir los gastos e inversiones que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo tu actividad.
- Pago de sueldos y salarios.
- Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS.
- Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios.
- Luz y teléfono del local para tus actividades.
- Papelería y artículos de escritorio.
- Inversiones en activo fijo, como equipo de cómputo, de oficina, construcciones o equipo de transporte.
Deducciones de gastos anuales
- Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
- Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
- Gastos funerarios.
- Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
- Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
- Donativos.
- Transporte escolar obligatorio.
- Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
- Impuestos locales por salarios.
- Colegiaturas (preescolar a preparatoria).